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Corporativo
29 de enero | 2018

Conoce los requisitos para acceder a un empleo mediante la Ley de Inclusión Laboral

Podrán acceder a estos cupos de trabajo aquellos que posean una pensiónde de invalidez de cualquier régimen previsional o que presenten cualquier tipo de discapacidad calificada previamente por las Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez.

Entre los puntos más destacados de la nueva Ley de Inclusión Laboral, se encuentra el artículo que obliga a los organismos públicos y privados con 100 o más trabajadores, a que el 1% de sus puestos de trabajos sean ocupados por personas en situación de discapacidad.

Los reglamentos de la iniciativa, que se encuentran en revisión en la Contraloría de la República, fijan dos requisitos básicos para los postulantes que apelen a ley del 1 por ciento: tener la Credencial de discapacidad y ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de InvalidezA continuación, te explicamos las claves de ambos documentos: qué son y cómo obtenerlos.

1.- CREDENCIAL DE DISCAPACIDAD

La credencial de discapacidad es un documento público y gratuito cuyo fin es que los titulares puedan ampararse a la Ley de Discapacidad (Ley N°20.422), además de obtener beneficios, como ayudas técnicas en el Servicio Nacional de Discapacidad (SENADIS), hasta exenciones arancelarias. El trámite demora 21 días hábiles y se puede solicitar todo el año.

Trámite para obtener la credencial de discapacidad:

  • Dirigirse al Centro de Salud público para solicitar que se elaboren los tres informes obligatorios, Informe Biomédico Funcional, Informe Social y de Redes de Apoyo, Informe de Desempeño.
  • La persona con discapacidad o un tercero debe probar el vínculo mediante documentación y dirigirse a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) o al consultorio de su comuna. Allí podrán retirar el formulario de Solicitud de Evaluación de Discapacidad.
  • El solicitante deberá presentar este formulario ante su médico tratante, quién deberá completarla y firmarla. Cumplido este paso, el formulario y los informes médicos deben ser presentado ante la COMPIN.
  • La COMPIN evaluará el caso y determinará el grado de discapacidad del solicitante. Posteriormente, este organismo enviará el certificado al Servicio de Registro Civil y entregará a la persona solicitante una copia del documento.
  • El Registro Civil realizará la inscripción de la persona con discapacidad en el Registro Nacional de la Discapacidad y emite la Credencial de Discapacidad con la que posteriormente se podrá acreditar dicha situación. La Credencial de Discapacidad es enviada al domicilio que informó en COMPIN.
  • Para más información entrar acá.

2.- PENSIÓN BÁSICA SOLIDARIA DE INVALIDEZ (PBSI)

La PBSI es una ayuda que permite acceder a un monto de 104 mil 646 pesos a personas entre 18 y 65 años declaradas con invalidez, pero que no tienen acceso a pensión en los regímenes previsionales. El trámite se puede realizar de forma online o presencial.

Los beneficiarios de esta pensión son los siguientes:

  • Tengan entre 18 y menos de 65 años de edad.
  • No tengan derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario de pensión de sobrevivencia.
  • Hayan sido declaradas con invalidez por las Comisiones Medicas definidas en el Decreto Ley N°3.500.
  • Sean beneficiarias de una Pensión Asistencial (PASIS) al 1 de julio de 2008.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 60% más pobre de la población determinado por el Puntaje de Focalización Previsional.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de PBSI.
  • Los beneficiarios que están inscritos en la oficina nacional de retorno y diplomáticos (aplicable sólo a chilenos) podrán conmutar los años de exilio como residencia.

Los documentos requeridos para obetener la pensión son:

  • Cédula de identidad vigente. Si el trámite es realizado por un apoderado, debe presentar el poder notarial.
  • Copia del dictamen de invalidez, emitido por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), si la tiene.
  • Puntaje de la Ficha de Protección Social (FPS). Si no cuenta con esta información solicite la encuesta en su municipio. Sin perjuicio de ello, usted puede presentar su solicitud, la que quedará pendiente hasta que obtenga el puntaje de la FPS.

¿Cómo solicitar el beneficio?

  • Reúna los antecedentes mencionados en el campo documentos requeridos.
  • Diríjase a alguno de los municipios en convenio o al Centro de Atención IPS-ChileAtiende más cercano. (pinche para saber las direcciones)
  • Explique el motivo de su visita: Obtener la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Entregue los antecedentes requeridos.
  • Obtendrá respuesta a su solicitud en un plazo de tres meses.

Para más información sobre la Pensión Solidaria de Invalidez entre acá.

 

 

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