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Compromiso

Derechos y Discapacidad

Enumeramos los derechos que tienen las personas con discapacidad y una breve reseña sobre ellos:

Derechos generales

  • Reconocimiento de la discapacidad: La persona con discapacidad tiene derecho a ser evaluada medicamente, tanto en el sector público como en el privado, para obtener la calificación de la discapacidad. Sin embargo, sólo las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) podrán certificar la discapacidad.
    Más orientación en: http://compin.redsalud.gob.cl/?p=249
  • Inscripción y registro: La persona con discapacidad tiene derecho a inscribirse en el Registro Nacional de la Discapacidad si su discapacidad ha sido certificada por Compin y a recibir gratuitamente la credencial que este organismo entrega, y por consiguiente a acceder a ciertos beneficios estatales.
    La inscripción en:  https://registrocivilwp.srcei.cl/tramites/inscripcion-en-el-registro-de-discapacidad/
    Certificado: https://registrocivilwp.srcei.cl/tramites/certificado-de-discapacidad/
  • Acceso a beneficios: la persona con discapacidad tiene derecho a acceder a programas y beneficios estatales, pero sólo si su discapacidad ha sido certificada por la COMPIN y si usted está inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Igualdad de oportunidades: la persona con discapacidad tiene derecho a no ser discriminado arbitrariamente por motivo de su discapacidad, es decir, a no ser objeto de distinciones, exclusiones o restricciones que carezcan de justificación razonable, por parte del Estado o de particulares, que prive, perturbe o amenace el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad.
  • Derecho a familia: Las personas con discapacidad tienen pleno derecho a constituir y ser parte de una familia, a su sexualidad y salud reproductiva y a que el Estado adopte medidas contra la violencia y el abuso, en especial de mujeres y niños con discapacidad y personas con discapacidad mental.
  • Subsidio de vivienda: Existen subsidios especiales del Ministerio de Vivienda para adquirir viviendas que serán permanentemente habitadas por personas con discapacidad. Las viviendas para personas con discapacidad deben tener el diseño que les permita el desplazamiento seguro por el inmueble.
  • Fomento deportivo: Es deber del Estado el fomento y la promoción de las actividades deportivas en especial a favor de las personas con discapacidad.
  • Asistencia para votar: Las personas con discapacidad que tengan dificultad para votar pueden ser acompañadas por un mayor de edad e incluso pueden ser asistidas al acto de votar si optan por ello.
  • Acceso a locales de votación: Los locales de votación deben tener accesos expeditos para las personas con discapacidad.
  • Votar sin presiones: Existen sanciones penales para quienes impidan, obstaculicen o dificulten maliciosamente el voto de un elector con discapacidad. También para quien presione a la persona con discapacidad o a su asistente.

Derecho a Desplazamiento Urbano

  • Edificios: Los usuarios de sillas de ruedas tienen derecho al fácil acceso y tránsito en edificios de uso público o que presten servicios a la comunidad. Los ascensores deben tener espacio suficiente para estas personas y los edificios públicos con determinada carga de ocupación, deben contar con baños especiales con acceso independiente para personas con discapacidad.
  • Estacionamientos: Las personas con discapacidad tienen derecho a que en los recintos destinados a la concurrencia de público (como centros comerciales, cines, estadios, etc.) que cuenten con estacionamientos, dispongan de estacionamientos especiales para personas con discapacidad.
  • Perros de asistencia: Si tiene un perro de asistencia debidamente entrenado para que le asista e identificado mediante el distintito oficial, tiene derecho a que éste lo acompañe en todo momento a edificios y espacios de concurrencia de público y a todo medio de transporte de pasajeros terrestre o marítimo sin que se le cobre extra por el ingreso.

Derecho a la Educación

  • Inclusión: Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a los establecimientos públicos y privados de enseñanza regular o de educación especial, que reciban subvenciones del Estado. Los establecimientos de educación parvularia, básica y media, deben tener planes para alumnos con necesidades especiales. Los establecimientos de enseñanza regular deben implementar adecuaciones de currículum, infraestructura y materiales de apoyo para permitir el acceso de personas con discapacidad. Asimismo, tienen derecho a que las instituciones de educación superior cuenten con mecanismos, materiales de estudio y medios de enseñanza que faciliten el acceso de personas con discapacidad.
  • Educación especial: Cuando la integración en los cursos de enseñanza regular no sea posible, debido a la naturaleza de la discapacidad, tiene derecho a acceder a clases especiales dentro de su establecimiento educacional.
  • Si no puede ir a clases: Los alumnos de enseñanza escolar que deban estar internados por su discapacidad, tienen derecho a recibir su educación en el lugar en el que permanezcan por prescripción médica.
  • Acceso a bibliotecas: La persona con discapacidad puede exigir en bibliotecas de acceso público material, infraestructura y tecnologías accesibles a personas con discapacidad sensorial.
  • Becas Chile: En la “Estrategia Nacional de Innovación para la Competitividad” hay un lineamiento que establece que en el otorgamiento de becas Chile de posgrado, se debe asignar mayor puntaje a las personas con discapacidad.
  • Reconocimiento de lengua de señas: El Estado de Chile reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda. Toda campaña de servicio público financiada con fondos públicos, la propaganda electoral, debates presidenciales y cadenas nacionales que se difundan a través de medios televisivos o audiovisuales, deberán ser transmitidas o emitidas con subtitulado y lengua de señas.
  • Fuente: https://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/inclusion-social-de-personas-con-discapacidad

Derecho a Salud

  • Prevención y rehabilitación: las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a programas estatales o a prestaciones en la salud pública destinadas a su rehabilitación. La prevención y rehabilitación de las discapacidades constituye una obligación del Estado, un derecho y un deber de las personas con discapacidad, de sus familias y de la sociedad.
  • Ficha clínica: Las personas con discapacidad psíquica o intelectual tienen derecho a que se resguarde la reserva de su ficha clínica. Deberá informarse al representante legal de la persona con discapacidad o a la persona bajo cuyo cuidado se encuentre acerca de las razones médicas que justifican la reserva o restricción del contenido de la ficha clínica.
  • Opinión: Asimismo, tienen derecho a que se tome en cuenta su opinión para tratamientos, salvo casos calificados de trastorno mental grave y peligro de vida.
  • Respeto a dignidad: Quien tenga discapacidad mental tiene derecho a no ser sometido a terapias o prácticas que atenten contra su dignidad y derechos o a experimentos médicos o científicos sin su consentimiento.

Derecho laborales

  • Cerca de 7.600 empresas deberán cumplir con la Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad que comenzó a regir el 1 de abril del 2018. La normativa busca avanzar hacia un mejor mercado laboral, con principios como la no discriminación, igualdad de oportunidades y la garantía de una remuneración digna y equitativa para estos trabajadores.
  • ¿Qué se necesita? Poseer una Pensión de Invalidez de cualquier régimen previsional, o tener cualquier discapacidad calificada previamente por las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), dependientes del Ministerio de Salud y a las instituciones públicas o privadas, reconocidas para estos efectos por ese ministerio.
  • ¿Las empresas pueden privilegiar una discapacidad sobre otra? No. Las empresas o servicios no pueden optar por una discapacidad en particular en la contratación. Uno de los puntos centrales de la ley es erradicar la discriminación arbitraria y no permitir la violación al principio de igualdad de oportunidades.
  • Contratos de aprendizaje: Las personas con discapacidad tienen derecho a celebrar el contrato de aprendizaje contemplado en el Código del Trabajo. La Ley de Inclusión Laboral fija en 26 años la edad límite para suscribir este Contrato.
  • Rendición de exámenes: Si una persona con discapacidad debe rendir un examen como parte de una selección de personal o de un programa de educación o capacitación, tiene derecho a que se adecuen los mecanismos de selección para que esté en igualdad de condiciones con los postulantes o alumnos sin discapacidad.
  • Las Personas con Discapacidad mental o intelectual tendrán como base en el ingreso mínimo.
  • Fuente: https://www.senadis.gob.cl/sala_prensa/d/noticias/7116/contraloria-aprueba-reglamentos-de-la-ley-n-21015-sobre-inclusion-laboral-para-personas-con-discapacidad

Transporte público

  • Asientos especiales: Las personas con discapacidad tienen derecho a que en los vehículos de locomoción colectiva y medios de transporte público, existan asientos de fácil acceso y espacios suficientes para personas con discapacidad, los que deben estar señalizados.

Derechos Tributarios

  • Implementos especiales: Productos como prótesis, órtesis, equipos especiales de trabajo, elementos de movilidad, medicamentos, material pedagógico especial, entre otros, no pagan gravámenes de importación.
  • Importación de vehículos especiales: Los vehículos importados por personas con discapacidad tendrán una rebaja del 50% del arancel de importación, siempre que su valor no supere ciertos montos que establece la ley.

Beneficios para personas con discapacidad

Para las personas en situación de discapacidad, el Gobierno a través del Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS), dispone de una serie de beneficios a los que se puede acceder para mejorar su calidad de vida e informarse del derecho que los ampara.

  • Credencial de Discapacidad
  • Postulación a Ayudas Técnicas Senadis
  • Fondos Concursables Senadis área Educación
  • Fondos Concursables Senadis área Salud
  • Fondos Concursables Senadis área Inclusión Laboral
  • Sistema Integral de Atención Ciudadana Senadis: Permite realizar consultas, reclamos, sugerencias, felicitaciones y solicitudes de acceso a información pública al Servicio Nacional de la Discapacidad (SENADIS).
    https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/ver/10480
  • Postulación Vivienda para Personas en situación de Discapacidad
  • Exención de restricción vehicular en la Región Metropolitana
  • Estacionamientos para personas en situación de discapacidad
  • Defensoría de Derechos Senadis
  • Pensión Básica Solidaria de Invalidez
  • Derecho a la Participación Ciudadana en el Servicio Nacional de la Discapacidad
  • Beneficios Arancelarios y Tributarios Importación de Vehículos y Ayudas Técnicas
  • Subsidio para las personas con discapacidad mental menores de 18

Para mayor información puede visitar el sitio web senadis.gob.cl

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